COMO PREPARAR UNA CONCILIACIÓN CONTABLE FISCAL

Todas las personas morales en México están obligadas a presentar la conciliación contable fiscal, la cual es parte de la declaración anual. Esta obligación fiscal debe ser entregada del 1 al 31 de marzo del año siguiente al ejercicio.

Es muy importante y recomendable que las áreas contables y fiscales de las compañías trabajen de la mano. La contabilidad es la base para la generación y entrega de datos tributarios al SAT. El objetivo de obtener esta información es definir la cantidad de utilidad o pérdidas de la empresa y así obtener el impuesto de ISR a pagar.

Se puede decir que la conciliación consiste en armonizar partidas, desde los conceptos contables hacia los fiscales. Es un empalme de rubros que en algunos casos aplica contablemente y en otros fiscalmente. Es un juego de sumas y restas de los conceptos considerados claves para el SAT.  

Los pasos recomendados para realizar una buena conciliación son:

  1. Conocer la Ley del Impuesto sobre la Renta o LISR.
  2. Obtener de los resultados contables, los totales de las partidas (ver tablas abajo) del año que acaba de finalizar.
Contables no fiscales
Ingresos (A)Utilidad en enajenación de activo fijo, acciones.Intereses moratorios devengados a favor cobrados o noAnticipo de clientes de ejercicios anterioresSaldos a favor de impuestos y su actualización
Costos + Gastos (B)Costo de ventas Depreciación y amortizaciónGastos que no reúnen requisitos fiscalesPérdida en enajenación de acciones y en activo fijoISR y PTU
Fiscales no contables
Ingresos acumulables (C)Ganancia en la enajenación de acciones, por reembolso de capital, terrenos y activo fijo.Ajuste anual por inflación acumulableAnticipo de clientesIntereses moratorios efectivamente cobradosInventario acumulable del ejercicio
Deducciones (D)Costo de lo vendido.Gastos indirectos de fabricación, maquila, mano de obra indirecta.Adquisiciones netas de mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminadosIntereses moratorios efectivamente pagadosAjuste anual por inflación deducibleDeducción de inversiones

         Detallados solo algunos de los conceptos por cada partida.

  • Con estos datos totalizados, se realizan los siguientes cálculos:

Utilidad contable antes     = ingresos contables (A) – (costos + gastos) contables (B).

ISR y PTU                                 

Utilidad fiscal                         = Utilidad contable antes de ISR y PTU

                                                + (ingresos (C) – deducciones (D)) fiscales no contables

                                                   + ((costos + gastos) (B) – ingresos (A)) contables no fiscales

  • De esta Utilidad fiscal se obtiene el Resultado fiscal, al cual se aplica el 30% de ISR, y este es el impuesto que la empresa pagará al gobierno por el año fiscal ya transcurrido:

Resultado fiscal                     = (Utilidad fiscal – pérdida fiscal en ejercicios anteriores)

ISR                                               = Resultado fiscal * 30%

El proceso no es complejo, pero es largo y detallado. Contar con los datos exactos y confiables para su realización es vital, por lo utilizar herramientas de contabilidad electrónica, facturación electrónica y cálculo de impuestos, resulta indispensable. Estas son un gran apoyo para la elaboración de conciliaciones, cabe mencionar que después de la Reforma Fiscal 2022 estas herramientas deben cumplir con requisitos como CFDI 4.0, Complemento de Pago 2.0, entre otros.

Si desea tener más información acerca de estas soluciones, no dude en contactarnos.